martes, 13 de agosto de 2013

Consultas :)

Clase viernes 9 de agosto

Averiguaciones:

CÁMARA DE COMERCIO…

Funciones: como personas jurídicas de derecho privado cumplen por delegación legal funciones públicas como es el caso de los registros públicos: mercantil, proponentes y entidades sin ánimo de lucro, carácter privado que no pierden por el hecho de que hayan recibido el encargo de cumplirlas.
Actividades

  •  Promueven el comercio en sus propios pueblos o ciudades.
  •  Tratan de conseguir municipales representadas para los comercios en sus regiones.
  • Recolectan información  estadísticas que pueden ser de uso para los miembros.
Registro Mercantil

Permite a todos los empresarios ejercer cualquier actividad comercial y acreditar públicamente su calidad de comerciante.


Matricula Mercantil

Hace pública la calidad de comerciante en la medida que hace visible al empresario frente a potenciales clientes que consultan los registros.

Costumbre Mercantil

La costumbre es la segunda fuente del derecho mercantil, con la cual se interpreta la voluntad de la costumbre o para suplir el silencio de la ley.


Actos Operacionales y No operacionales

Clase  viernes 02 de agosto

ACTOS OPERACIONALES Y EMPRESAS MERCANTILES
Art. 20
Son mercantiles para todos los efectos legales
ACTOS NO MERCANTILES
Art. 23

REGISTRO MERCANTIL   Art.26
Llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio.
  • Podemos pedir el certificado del libro de registro de cámara de comercio de una empresa.
¿Quiénes deben inscribirse en el registro mercantil?


Art.28: 

Las personas que ejercen profesionalmente el comercio y sus auxiliares, tales como los comisionistas, corredores, agentes, representantes de firmas.
Reglas.


Art.29


·         En la cámara de comercio se debe registrar todo los que ocurre en una empresa.
·         La inscripción podrá solicitarse en cualquier tiempo en la cámara de comercio.


Art. 30
Toda inscripción se probara con certificado expedido por la respectiva cámara de comercio mediante inspección judicial.


Art. 32
Usted se matricula en el mes de diciembre se registra en el registro mercantil, a los tres meses de cada año los primeros se renuevan.


Art. 34
Registro de escrituras de constitución de sociedades mercantiles, de sus adicciones y reformas.


Art. 36
Las cámaras de comercio podrán exigir al comerciante que solicite su matrícula, afiliación a la cámara de comercio.

Sabes de los comerciantes?

Clase  miércoles 31 de julio


DE LOS COMERCIANTES!!
  • Personas que profesionalmente se dedican a una actividad y lo puede hacer mediante intermedios
  • Tiene que tener garantía
  • Todas las personas son hábiles para ejercer el comercio siempre y cuando sea bajo las leyes comerciales, cuando son menores de edad no pueden.
Art. 13
Cuando a persona trabaja con el gobierno no pueden tener un establecimiento público.
Una persona puede dejar de ser comerciante cuando su capacidad quede en hábil bien sea por sentencia comercial.


Cap. 2

DEBERES DE COMERCIANTES
  • Matricularse en el registro mercantil.
  • Registrar el libro de actas.
  • Todos los establecimientos de comercio deben llevar una contabilidad.
  • Conservar correspondencia y demás documentos y tenerlos en un archivo.
  • No a la competencia legal.

sábado, 10 de agosto de 2013

Constitución de una Empresa

Clase Viernes 26/07


Constitución empresa:

1. Clase de empresa... Capitulo 4 del código de comercio "Necesidades"

2. Requisitos
  • Español-Castellano
  • Claridad contable-decreto 2649
  • sin enmendaduras
  • Orden cronológico
  • Soporte- Información necesaria, requisitos.
ACTIVIDAD

Políticas de una empresa: Electrodomésticos
  • de acuerdo a la normatividad del gobierno la información sera clara y completa. art 50
  • se realizaran inventarios semanales con el fin de llevar de manera clara y completa la situación del patrimonio de la empresa. art 52
  • toda factura, comprobante de ingreso y egreso deben ser archivados según su consecutivo para tener sus respectivos soportes y una buena claridad contable. art 53
  • a cada comprobante se le deberá anexar los comprobantes que lo justifiquen. art 53 ((soportes))
  • conservar la información y copia de facturas de compra de manera cronológica. art 54



Texto: "Código de Comercio"

Clase Miércoles 24/07

Texto: "Código de Comercio"

Son conjuntos de normas que regulan las relaciones de los particulares en lo que corresponde a las actividades mercantiles y demás actos relacionados con los que se dedican a la proyección comercial.

1970 Primer Código Mercantil

  • Títulos de valores: Cheques, letras, pagares, COT.
  • Sociedades mercantiles: anónimas, comandita simple etcétera.
  • lo que una empresa
  • diferencias de administración, contaduría y economía.
  • contrato mercantiles o comerciales.
PRINCIPIOS DEL DERECHO MERCANTIL

Costumbre Mercantil

hechos continuos en materia mercantil de los comerciantes que en el evento de llenar una vació legal, la costumbre los llena, esta costumbre puede ser local, nacional o internacional.

Investigación "Historia del derecho comercial"

El derecho comercial: desde su nacimiento en la baja Edad Media, implicó la simplificación y adaptación de las soluciones dadas hasta entonces por el derecho civil a las exigencias del comercio procurando dar mayor celeridad a los negocios, reducir riesgos, captar capitales para grandes emprendimientos y hacer circular el crédito y la riqueza.
Pero junto con dichas normas se fueron acuñando otras, de diversas jerarquías, cuyo objetivo fue el de jugar como contrapesos de los privilegios concedidos a los empresarios, limitando el poder económico y protegiendo a los débiles, a los no empresarios y a los terceros.
Dichas normas constituyen manifestaciones, en el área del derecho comercial, del denominado "derecho económico", que puede ser conceptualizado, desde cierta óptica, como la rama del derecho que comprende el estudio de las normas jurídicas de derecho público y privado que derivan del intervencionismo estatal en la economía y que, cualesquiera sea la posición doctrinaria respecto de su contenido, naturaleza o autonomía, atiende a la irrenunciable funcion del derecho de ordenar la vida económica con criterios de seguridad y de justicia.
El derecho económico se manifiesta, en el ámbito del derecho societario, como un límite a la autonomía privada derivado de normas imperativas -que tutelan a los terceros y también a los socios-, de los principios configuradores del tipo social, y de la moral y el orden público general.
Comprende las normas que tutelan el interes público fundado en el interés general como son: el régimen de tipicidad, la conservación de la empresa, la contabilidad legal, la fiscalización estatal, el régimen de cotrol, la nulidad por objeto y por actividad, el régimen del capital, la registración mercantil y los regímenes de responsabilidades, entre otros institutos, incluyendo cuestiones patrimoniales, e importando un sistema de contrapesos respecto de las normas que facilitan los negocios.