martes, 8 de octubre de 2013

Contrato de suministro- Contrato de arrendamiento comercial- Contrato de seguro

CONTRATO DE SUMINISTRO


Art. 968: contrato en el que se obliga a un cambio o contraprestacion, a cumplir a favor de otras prestaciones de cosas servicios.

Art. 969 Reglas.

Art 971: el pago se deberá hace en la fecha correspondiente o se puede abrir un proceso jurídico.

Art 973: incumplimiento y consecuencias: el incumplimiento de una de las partes del contrato le da el derecho a la otra parte a dar por terminado el contrato.



CONTRATO ARRENDAMIENTO

Art. 518: después de los 2 años de arriendo el dueño tiene la obligación de subarrendar al arrendador.

si se pide el establecimiento, no pueden montar un negocio igual al que ya estaba.
desahucio: dar por terminado


Art 519: se debe informar con 6 meses de anticipación antes de pedir un local comercial arrendado.

Art 521: informar para arreglo o reparación por parte del dueños con 6 meses de anticipación.

  • que va a a estar listo: 2 meses
  • por parte del arrendatario que lo va tomar: 1 mes
  • se escoge al mas antiguo de los arrendatarios, es decir el que mas tiempo lleve en caso que quede un solo locar para arrendar.

Art. 522: el dueño tiene 3 meses para iniciar las obras, el arrendatario puede indemnizar si no se empiezan las obras.
  • lucro cesante
  • pago de las prestaciones sociales
  • reparaciones locativas
  • gastos de transporte
Art. 523: el arrendatario puede subarrendar el 50% del establecimiento de comercio porque así lo plasma la ley.

CONTRATO DE SEGURO


Art. 1036: el seguro es un contrato consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y ejecución sucesiva.

DEFINICIONES

Prima: el valor que anualmente voy a pagar para que continué la vigencia.

deducible: no cubre la póliza, una suma de dinero que le corresponde pagar al tomador.

seguro: amparar riesgos.

Amparos: cubrimiento de los riesgos que se tienen.

Preexistencias de vida: existía la enfermedad antes de comprar el seguro de vida.

No pasarse mas de 6 meses para cobrar a la aseguradora.

Consensual: consentimientos de las partes.

Bilateral: Hay dos partes.

Oneroso: pagarlos, hay dinero.

Aleatorio: puedo estar pagando mensualmente.

Tomador: quien toma la póliza.

ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE SEGURO
  • Interés asegurable
  • Riesgo asegurable
  • Prima o precio del seguro
  • Obligación condicional  del asegurador




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